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Es oficial en Edomex: aplicarán por ley hasta 25 años de prisión por abandono indebido de residuos

El Congreso del Estado de México endurece las penas contra delitos ambientales, castigando con cárcel la tala ilegal, el vertido de químicos y la destrucción de áreas protegidas en la entidad.

Edomex El Congreso mexiquense aprobó penas de hasta 25 años de prisión para quien participe en delitos ambientales. (Congreso Edomex)

El Congreso del Estado de México (Edomex) aprobó una reforma al Código Penal estatal que endurece significativamente las sanciones por delitos ambientales. Las nuevas penas van desde seis meses hasta 25 años de prisión, dependiendo de la gravedad de la conducta y las circunstancias en que se cometa.

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¿Qué conductas serán castigadas en Edomex con las penas más severas?

Las penas máximas de 25 años de prisión y multas de hasta 410 mil 585 pesos aplican en casos como:

  • Tala de árboles sin autorización cuando los productos forestales resulten destruidos
  • Uso de motosierras, hachas, machetes u otros instrumentos para la destrucción forestal
  • Traslado de carga forestal ilícita en vehículos, camionetas o tractocamiones
  • Delitos cometidos dentro de Áreas Naturales Protegidas o corredores biológicos
  • Participación de servidores públicos, quienes además serán destituidos e inhabilitados
  • Uso de violencia o amenazas contra vigilantes ambientales, guardabosques o defensores del patrimonio natural

También se castigará con entre 10 y 20 años de prisión a quien, sin autorización, transporte, almacene, comercialice o destruya productos forestales como maderas, leñas o resinas en Edomex.

¿Qué otros delitos ambientales serán sancionados a partir de esta reforma en Edomex?

La ley aprobada en Edomex también establece hasta 10 años de prisión para una amplia variedad de conductas, entre ellas:

  • Derribar, quemar o trasplantar árboles en la vía pública
  • Iniciar o contribuir a la propagación de incendios forestales
  • Descargar lixiviados, microplásticos o sustancias químicas peligrosas en cuerpos de agua o suelos
  • Emitir contaminantes a la atmósfera sin aplicar medidas de control
  • Realizar obras sin autorización de impacto ambiental que generen desequilibrios ecológicos

En el caso de servidores públicos que cometan estos delitos con fines de lucro, la pena máxima sube a 12 años de prisión.

Durante el debate, el diputado Israel Espíndola destacó que la reforma representa un acto preventivo y en favor de la vida, y señaló que en el Congreso local se legisla desde la responsabilidad. Por su parte, la diputada Itzel Guadalupe Pérez Correa (PVEM) subrayó que estas herramientas permitirán defender y conservar el medio ambiente para las generaciones venideras.

La reforma aprobada en Edomex también aclara que actividades como el uso doméstico de leña, la recolección de ramas caídas con fines comunitarios y la venta de árboles de Navidad con documentación legal no serán punibles, siempre que no tengan fines de lucro y no superen el medio metro cúbico mensual.

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