En la Ciudad de México (CDMX), las fotomultas seguirán vigentes, luego de que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la constitucionalidad del sistema de infracciones captadas mediante dispositivos tecnológicos.
La resolución, discutida durante la jornada de hoy 1 de octubre de 2026, establece que el propietario de un vehículo puede responder solidariamente por el pago de una multa, aunque no necesariamente haya sido la persona que conducía al momento de cometerse la infracción.
¿Qué decidió la Suprema Corte sobre las fotomultas en CDMX?
El Pleno rechazó, por seis votos contra dos, un proyecto que planteaba declarar inconstittucionales algunas disposiciones relacionadas con las fotomultas; posteriormente, la mayoría aprobó otro proyecto que sostuvo la validez del esquema.
El debate se centró en una pregunta clave: ¿puede responsabilizarse al propietario del automóvil por una infracción cometida por otra persona?
La postura respaldada por la mayoría distingue entte la responsabilidad por cometer la infracción y la obligación solidaria de cubrir la consecuencia económica. Es decir, que el dueño del vehículo responda por el pago no significa que se le atribuya automáticamente haber cometido la conducta infractora.
¿Qué significa esto para los automovilistas en CDMX?
Las cámaras y dispositivos tecnológicos continuarán utilizándose para detectar conductas como exceso de velocidad, invasión de carriles confinados y ocupación de espacios peatonales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación también sostuvo que las imágenes obtenidas mediante estos equipos cosntituyen elementos de prueba que pueden ser controvertidos. Con esta decisión, el sistema de fotomultas en CDMX sigue vigente, mientras continúa el debate sobre los límites de la responsabilidad de los propietarios de vehículos; ¿consideras que el propietario debe responder por una fotomulta cuando otra persona concucía su automovil?





