Alcoholímetro y examen para licencia serán obligatorios en todo el país
La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial entra en vigor este 18 de mayo y establece que habrá alcoholímetro y examen para licencia en todo México.
Este martes 17 de mayo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial que tiene como objetivo homologar normas y planes viales en todo México. Entre algunas normas se encuentra la implementación del alcoholímetro, además se realizar un examen obligatorio para obtener la licencia de conducir, entre otras.
Alcoholímetro en todo México
Todos los estados y municipios del país, estarán obligados a realizar operativos de alcoholímetro de manera permanente, con el objetivo de evitar la conducción de cualquier tipo de vehículos bajo el efecto del alcohol.
Para tal efecto queda prohibido conducir con una alcoholemia superior a 0.25 mg/L en aire espirado o 0.05 g/dL en sangre, salvo las siguientes consideraciones:
- Para las personas que conduzcan motocicletas queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 0.1 mg/L en aire espirado o 0.02 g/dL en sangre.
- Para vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga, queda prohibido conducir con cualquier concentración de alcohol por espiración o litro de sangre.
Para obtener la licencia de conducir se tendrá que aprobar un examen
En otras de las normas establece que en las entidades de todo el país toda persona que realice un trámite para obtener una licencia de conducir de cualquier tipo, deberá demostrar sus aptitudes mediante un examen teórico y práctico de conocimientos y habilidades necesarias, antes de la fecha de expedición o renovación de la licencia o permiso.
#17DeMayo2022 Decreto por el que se expide la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.@SEDATU_mx
— Diario Oficial DOF (@DOF_SEGOB) May 17, 2022
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Asimismo, las entidades podrán establecer que las licencias no tengan una vigencia mayor a cinco años de forma general y de dos años en el caso de licencias para la conducción de vehículos de emergencia, incluyendo aquellos para actividades de atención médica o policiaca y vehículos de transporte escolar.
Utilizar casco y no hablar por celular
Otra norma que se suma es el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas que cumpla con la Norma Oficial Mexicana.
Además de la prohibición de hablar por teléfono celular o cualquier otro dispositivo electrónico o de comunicación también aplicará.
Habrá límites homologados de velocidad: 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado, 50 km/h en vías primarias y 30 km/h en vías secundarias.
La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial entra en vigor este 18 de mayo.
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