Cuando una persona pensionada fallece antes de recibir su aguinaldo, sus familiares pueden preguntarse si ese dinero se pierde o si todavía tienen derecho a reclamarlo. La respuesta depende de la institución en la que estaba pensionada.
Tanto el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) contemplan derechos para determinados familiares de pensionados fallecidos. Aquí en adn Noticias te contamos qué necesitas dependiendo la institución.
IMSS: requisitos para reclamar el aguinaldo de un pensionado fallecido
Esta prestación corresponde a quienes reciben una pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo la Ley 73 del IMSS, y equivale a una mensualidad de su pensión.
Si el pensionado falleció antes de recibir el depósito, sus familiares pueden solicitar que el instituto revise los conceptos que quedaron pendientes.
Entre quienes pueden tener derecho a cobrar la pensión por fallecimiento se encuentran:
- Cónyuge
- Concubina o concubinario
- Hijos
- Padres que dependían económicamente del asegurado o pensionado (en algunos casos)
Para realizar el trámite pueden solicitarse documentos como:
- Acta de defunción
- Identificación oficial
- Comprobantes de pago
- Documentos que acrediten el parentesco o concubinato
ISSSTE: quiénes pueden cobrar el aguinaldo y cuáles son los requisitos
En el ISSSTE, la ley contempla que los familiares derechohabientes de una persona pensionada fallecida que tengan derecho a recibir una pensión también puedan acceder a la gratificación anual.
Entre los posibles beneficiarios del aguinaldo del ISSSTE de una persona fallecida están:
- La esposa o el esposo
- La persona reconocida como concubina o concubinario
- Los hijos que cumplan las condiciones establecidas
- Los padres u otros ascendientes que acrediten dependencia económica
Para solicitar la prestación, los familiares deben tramitar la pensión por causa de muerte ante el ISSSTE. Entre los documentos que pueden requerirse están:
- Acta de defunción
- Identificación oficial
- CURP
- Último comprobante de pago
- Documentos que demuestren el vínculo familiar o la dependencia económica
En el IMSS, deberán acudir al área de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar; en el ISSSTE, al área de Pensiones de la Subdelegación de Prestaciones.





