Cantidad exacta que te deben de pagar si trabajas el 1 de octubre, según la LFT

Si te toca chambear este 1 de octubre es probable que tengas que recibir un pago extra según la Ley Federal del Trabajo (LFT); te decimos de cuánto.

Actualizado el 30 septiembre 2024 13:14hrs 1 minutos de lectura.
Compartir:
pago_1_octubre_mexico
Getty Images

Mucho ojo: este 1 de octubre ha sido declarado día feriado, según la Ley Federal del Trabajo (LFT), debido al cambio de mando presidencial, en el cual Claudia Sheinbaum se convertirá en la primera presidenta de México. Si trabajas este día recibirías un pago extra.

 Hay puente en septiembre y octubre por transicion presidencial
También te puede interesar:

¿Habrá megapuente del 28 de septiembre al 1 de octubre por transición presidencial? Esto dice la SEP

El consejo técnico se junta con la transición presidencial de Claudia Sheinbaum; te contamos qué dice la SEP sobre el puente en septiembre y octubre.

Ver nota

Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp y lleva la información en la palma de tu mano.

¿Cuánto me deben pagar si trabajo el 1 de octubre?

En caso de que tu jefe o patrón te obligue a asistir a tu centro de trabajo, en realidad no estás obligado a prestar tus servicios, ya que este 1 de octubre es considerado como un día feriado, según el artículo 74 de la LFT.

Anteriormente, la ley establecía que el 1 de diciembre correspondía a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, también conocido como la transición presidencial. Sin embargo, AMLO.

Por este motivo, cuando cobres tu salario, deberías recibir tu día de trabajo más el doble de la cantidad, es decir, deberás recibir el triple del pago. Por ejemplo, si te pagan $248.93, deberás multiplicarlo así: (248.93 x 3).

¿Qué días son considerados feriados según la ley?

De acuerdo con el artículo 73 de la LFT, “los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso”. Según lo contempla la ley, estos son los días de descanso obligatorio:

  • 1 de enero (Año Nuevo)
  • El primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero
  • 21 de marzo
  • 1 de mayo
  • 16 de septiembre
  • 20 de noviembre
  • 1 de diciembre, día de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • 25 de diciembre
  • Día de las elecciones

¿Con quién se debe acudir si me obligan a trabajar el 1 de octubre?

En este caso, si eres obligado a trabajar el 1 de octubre, deberás acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir orientación. Ellos protegerán tus derechos laborales y serán los encargados de dirigir tu caso.

adn40 Siempre Conmigo. Suscríbete a nuestro canal de Telegram y lleva la información en tus manos

¡No te pierdas nuestro contenido, sigue a adn40 en Google News!

Autor / Redactor

César Olivares

cesar.olivares@tvazteca.com.mx