¿Trabajas el 16 de septiembre? Esto debes cobrar por laborar en día festivo
La Ley Federal del Trabajo señala que los trabajadores deben recibir un pago extra por trabajar en días festivos; esto tienes que cobrar el 16 de septiembre.
A poco más de una semana de que se celebre el Día de la Independencia de México, varias personas se han comenzado a cuestionar sobre cuánto se tiene que cobrar por trabajar el próximo 16 de septiembre, el cual es día feriado en el país.
Es por eso que a continuación te dejamos todo lo que debes saber sobre los pagos que se deben realizar por ley en caso de trabajar en días festivos dentro de la República Mexicana.
¿Cuánto debo cobrar por trabajar el 16 de septiembre?
Si tu profesión u oficio te exige el trabajar el próximo viernes 16 de septiembre, el cual se celebra en México el día feriado oficial del Día de la Independencia, toma en cuenta que por ley te corresponde cobrar más de lo habitual en tu próximo periodo de paga.
Esto debido a que el Gobierno de México entiende que estás sacrificando tiempo en familia y de descanso de ley, por cumplir con una obligación laboral que se te asignó por tu patrón.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, “los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
Es decir, gracias al artículo 75 de esta ley si tu salario por día es de 500 pesos, en tu próximo periodo de pago deberás recibir mil pesos extras por haber tenido una jornada laboral el 16 de septiembre.
Y es que de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, todas y todos los mexicanos tienen días de descanso obligatorios por año, por lo cual un día festivo oficial o feriado es considerado como “no laborable” dentro de los estatutos de la ley.
Es por eso que de trabajar este próximo 16 de septiembre o cualquier otro día festivo, por ley podrás cobrar el doble de tu sueldo por día.
¿Qué hacer en caso de no me paguen el trabajo del día feriado?
Vale la pena señalar que en caso de que las labores del día festivo no se cubran, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo pone a tu disposición los números telefónicos 01800 911 7877 y 01 800 717 2942 para toda la República Mexicana, así como el correo orientacionprofedet@stps.gob.mx, en donde se brindará orientación de forma gratuita.
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