Si fallas con este requisito del SAT, podrían multarte hasta con 2 mdp

¡Ojo! Este requisito del SAT es de suma importancia, por lo que aquellos que no lo presenten podrían tener severas multas de hasta dos millones de pesos.

Actualizado el 09 marzo 2023 12:06hrs 2 minutos de lectura.
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Escrito por: Lucero Del Valle
Vacaciones del SAT
Notimex

El Servicio de Administración Tributaria ( SAT ) genera dudas y temor de manera frecuente, por lo que es importante conocer más al respecto y tener trámites, documentos y requisitos en regla para evitar cualquier situación riesgosa como alguna multa; esta vez te hablamos acerca de un requisito necesario por el que podrían multarte hasta con 2 millones de pesos si no lo realizas.

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¿En qué caso el SAT podría multarte por hasta dos millones de pesos?

El SAT puede multarte en caso de no presentar correctamente la declaración anual e incluso podrían ir a prisión, pero eso no es todo, también es importante conocer algunos otros aspectos que aunque solo aplican en algunos casos, es importante considerar, sobre todo si no quieres pagar una gran cantidad de dinero.

El 1 de enero de 2022 entró en vigor una nueva obligación que aplica a las personas morales, las fiduciarias, los fideicomitentes o fideicomisarios, la cual establece que se debe tener y se conservar en la contabilidad, la información actualizada de sus beneficiarios controladores. Un beneficiario controlador es una persona o grupo de personas físicas, quienes se benefician por su participación en una persona moral, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.

Es importante tomarlo en cuenta porque dicha información puede ser solicitada en cualquier momento por el SAT y una vez que esto suceda, el plazo de entrega es de 15 días hábiles, aunque puede extenderse 10 más. Además, para aquellas empresas o fideicomisos que no cumplan con este requisito, entonces podrían tener las siguientes consecuencias:

- El SAT puede aplicar multas que van desde 500 mil pesos hasta 2 millones de pesos por cada beneficiario controlador.

- La Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales se emitirá en sentido negativo.

- Si se reporta información de manera inadecuada se considera un delito penal y se castiga con hasta tres años de prisión.

¿Quiénes son las personas y organismos que podrían ser multados con esta cantidad?

De esta manera, de acuerdo con el artículo 32-B Ter del Código Fiscal de la Federación, las personas morales o fideicomisos, las fiduciarias, los fideicomitentes o fideicomisarios, así como las partes contratantes o integrantes de figuras jurídicas, deben tener y reportar al SAT, la información detallada de sus beneficiarios controladores.

¿Qué multas pone el SAT?

Es importante tomar en cuenta que el SAT da multas por no hacer diversos trámites o requisitos, por ejemplo, la declaración anual, por la que podrías enfrentarte a dos tipos de multas: una por no hacerla y otra por cada una de las obligaciones incumplidas. Van desde los 1,400 pesos, hasta los 17,370 pesos. Por la declaración anual hecha luego del plazo oficial o por incumplir requerimientos, puedes enfrentar multas de hasta 34,730 pesos.

Otra de ellas es que si no se da de baja el RFC de algún familiar fallecido, el SAT impondrá multas de alrededor de 8 mil pesos por no presentar una declaración en la que se informe al respecto, sin duda, las obligaciones fiscales no terminan.

Otro de los ejemplos a tomar en cuenta es que si haces múltiples transferencias bancarias al mes y rebasan los 15 mil pesos, podrías tener problemas con el SAT. Si la cantidad de transferencia es mayor a los 15 mil pesos, entonces los bancos tendrán que reportarlo a la institución fiscal, pero si el SAT detecta alguna irregularidad o incoherencia entre tus gastos e ingresos podría multarte.

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