Adiós al poliamor y a los besos de tres: Suprema Corte rechaza unión entre más de dos personas
La Superma Corte de Justicia de la Nación decidió dar marcha atrás a los matrimonios que practiquen el poliamor en México y decidió revocar amparo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó al poliamor en el matrimonio. La propuesta de la inclusión de más de dos personas en unión no avanzó y revocaron el amparo que habían concedido a un ciudadano de Puebla para tener un matrimonio poliamoroso.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo se encargó de resolver el caso. Entre sus argumentos, señaló que las relaciones poliamorosas no tienen una gran presencia dentro de la sociedad mexicana. De igual manera, apuntó que este tipo de relaciones podría generar situaciones desiguales y de discriminación.
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La Suprema Corte rechazó los matrimonios de poliamor
El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer ha establecido que debe existir una igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares. Mantuvieron su postura en contra de la poligamia y señalaron que este tipo de situaciones podrían replicarse en matrimonios poliamorosos. Un argumento más que retomó la SCJN para tomar su decisión.
“Sin demeritar la viabilidad de las relaciones poliamorosas sobre las poligámicas proscritas internacionalmente, para efectos de esta resolución, esta Primera Sala de la Corte, no puede utilizar el matrimonio y/o concubinato como punto de comparación aplicable al poliamor, ya que se trata de situaciones humanas cuyo contexto histórico, contextual y estructural difieren”.
-Comentó el ministro Mario Rebolledo.
De esta manera, la Primera Sala del máximo tribunal avaló por mayoría de votos el proyecto del ministro para rechazar la regulación de la inclusión de tres o más personas en un solo matrimonio. Medida que avanzó sin complicaciones y que en poco tiempo se convirtió en tendencia.
Cabe destacar que en mayo del 2021, un ciudadano de Puebla logró conseguir un amparo ante la ley para establecer un matrimonio poliamoroso. El titular del Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo, Pedro Arroyo Soto, concedió el amparo tomando como base los criterios de la Primera Sala de la Corte.
En ese momento se establecía que la Constitución protege todas las formas y manifestaciones de familias que existen. Sin embargo, luego de la última resolución de la Suprema Corte, ese amparo fue revocado y el poliamor en el matrimonio fue rechazado.
Tres hombres contraen matrimonio poliamoroso en Colombia
En términos jurídicos, esta unión no es equivalente al matrimonio, sino que supone una sociedad patrimonial acordada por tres personas.
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