SCJN ordena IMSS reconocer derecho de viudez a pareja homosexual

El IMSS había negado la pensión argumentando que solo se reconocen parejas formadas por hombre y mujer.

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Foto: Zócalo

Ministros de la Segunda Sala de la SCJN fallaron a favor de una persona que vivía en concubinato y que reclamó la pensión por viudez de su pareja del mismo sexo, argumentando la inconstitucionalidad de que la pensión sea exclusiva de parejas compuestas por hombre y mujer.

En su momento el IMSS negó el otorgamiento de la pensión de viudez, basándose en el artículo 130 de la Ley del Seguro Social, del cual se desprende que sólo tienen derecho a esa pensión las parejas integradas por hombre y mujer.

La Segunda Sala consideró que el citado artículo es inconstitucional, porque condiciona el disfrute de dicha pensión a que el solicitante sea de un sexo diferente al del trabajador fallecido, lo cual es violatorio del derecho a la seguridad social, el principio de igualdad y no discriminación, y el derecho de protección a la familia, establecidos en los artículos 1°, 4°, 123, Apartado A, fracción XXIX de la Constitución Federal.

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lmo