El Congreso de Guerrero aprobó por unanimidad la Ley Olimpia que sancionará hasta con 6 años de cárcel a la persona que difunda fotos o videos íntimos de otra persona sin su consentimiento.
La Ley Olimpia también considera multas económicas que podrían alcanzar mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) contra quien cometa el delito.
Para la validación de las nuevas sanciones, se llevaron a cabo algunas reformas al Código Penal las cuales contemplan la tipificación del delito así como la explicación de las penas que se impondrán a quien publique contenido sensible de otra persona.
“Comete el delito de divulgación no consentida de imágenes o videos íntimos o sexuales, quien por cualquier medio publique, transmita, copie, reproduzca, modifique, emplee, difunda o comparta fotografías, imágenes, audios o videos con contenido sexual de otra persona sin su consentimiento a través de cualquier dispositivo electrónico en internet o a través de las tecnologías de la información y telecomunicación.”
Con la aprobación en Guerrero, ya suman 12 los estados que de ahora en adelante sancionarán este tipo de violencia digital que se ejerce principalmente contra mujeres.
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erv