Foto: Síntesis mx
El próximo 30 de mayo vence el plazo para que las empresas realicen el reparto de utilidades que por ley deben otorgar a sus empleados.
Por lo anterior, los empleados deben estar al pendiente de la fecha y caso de no recibir lo que les corresponde, acercarse a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet) para que les proporcione asesoría, apoyo e la conciliación y, en su caso, representación ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LTF) sólo las empresas que tengan menos de un año de operaciones o dos en el caso de que elaboren un producto novedoso, así como aquellas con utilidades netas menores a 300 mil pesos, quedan exentas de realizar el reparto de utilidades.
Además del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, de ayuda o beneficencia; las de asistencia privada sin fines de lucro y las de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración; tampoco estarán obligadas a hacerlo.
De acuerdo con la plataforma contable Enconta, las empresas podrían recibir multas de entre 21 mil a 422 mil pesos por no cumplir con sus obligaciones en el reparto de utilidades.
Con información de Notimex
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