Si tú facturas, debes migrar a la factura electrónica 3.3

La fecha límite para la actualización es el 30 de noviembre, aquí te decimos en qué consiste.

Actualizado el 09 julio 2020 13:39hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
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El 30 de noviembre vence el plazo para que los contribuyentes que tienen la figura de personas físicas, profesionista o empresario de servicios necesitas realizar el cambio del sistema de facturación del sistema 3.1 al 3.3.

Lo que cambia de manera fundamental es la forma en la que se registra la actividad, además de ser una plataforma nueva, más ágil, la cual permite que puedas visitar tu buzón tributario y tengas definido en qué puedes gastar, cómo lo puedes gastar para efectos de tu actividad y que puedes deducir y que no, a fin de que tengas sustos.

Aunque se hizo una prórroga a finales de año, se determinó que no habría ninguna más, por lo que el plazo fatal es el 30 de noviembre, de ahí que los contribuyentes ya tienen en sus correos dicho aviso, de tal manera que de no realizar la actualización, a partir de primero de diciembre, las facturas que se emitan o se reciban y no estén actualizada, se estarán rebotando.

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¿Qué debes saber de la factura electrónica 3.3?

El objetivo de la actualización es incrementar la calidad de la información en la emisión de la factura, eliminar o prevenir prácticas indebidas y transformar la interacción del contribuyente con la autoridad tributaria.

Se añadieron 22 datos de información, entre los cuales destacan: uso de CFDI, régimen fiscal del emisor, número de registro tributario del receptor, uso de CFDI para el receptor, entre otros.

Esta versión cuenta con 17 nuevos catálogos, y algunos de los más complejos son: clave en unidades de medida, código postal, y sobretodo clave- producto- servicio. Es decir que ahora se tendrá que elegir de entre más 50 mil códigos la clave del producto.

Se agregaron 46 reglas de validación como RFC del receptor registrado; zona horaria basada en el C.P. del emisor; régimen fiscal del emisor, etc.

Se incluyeron valores para cantidad de bienes o servicios aplicables a cada concepto.

Descripción del bien o servicio por cada concepto.

Valor unitario, del bien o servicio cubierto por cada concepto.

Descuento aplicable, se se debe indicar el monto.

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