El Congreso de la Ciudad de México aprobó por unanimidad -con 47 votos en favor, cero en contra y tres abstenciones- la inicaitiva de Ley del Registro de Agresores Sexuales.
El dictamen aprobado asienta que se pretende sentar las bases para la creación de un Registro Público de Agresores Sexuales que permita contar con información de las personas con sentencia firme por la comisión de delitos de carácter sexual.
El sistema de información contendrá los registros de las personas sentenciadas con ejecutoria por un juez penal y su consulta será pública.
El registro proveerá nombre, apodos y sobrenombres, fotografía actualizada y nacionalidad del agresor, pero también contempla la recopilación de información clasificada, como señas particulares, zona criminológica de los delitos, modus operandi, ficha signaléctica y perfil genético, que sólo estará disponible para el Ministerio Público.
Los delitos considerados son: feminicidio, trata de personas, agresiones a menores de 12 años de edad, turismo sexual. El registro tendrá una duración mínima de 10 años y máxima de 30 años.
De acuerdo con el dictamen aprobado, el juez será quien dicte la sentencia condenatoria y determine la pena y medidas de seguridad para cada delito, en base a la gravedad del ilícito y el grado de culpabilidad del agresor, a partir de la edad, el nivel de educación, costumbres, condiciones sociales, económicas y culturales del sujeto, y misoginia.
Para la creación del registro se modificaron el Código Penal local, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Esta ley nace a partir de dos iniciativas: el 19 de noviembre de 2019 el diputado Miguel Ángel Salazar Martínez presentó la propuesta para crear la Ley del Registro de Ofensores Sexuales de la Ciudad de México. Además el 2 de diciembre del mismo año el Gobierno de la Ciudad de México planteó la Ley del Registro de Agresores Sexuales.
Con información de Notimex
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