Aprueban ‘Ley Antimemes’ en Veracruz

Esta ley castiga con dos años de cárcel a quien difunda información lesiva por cualquier medio de comunicación digital.

Actualizado el 22 junio 2020 16:54hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
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Foto: Sem México

La tarde del sábado 29 de septiembre, la LXIV Legislatura del estado de Veracruz aprobó una ley denominada ‘Acoso Cibernético’, la cual castiga hasta con dos años de cárcel a quien difunda información que pueda causar lesiones o perjuicios por cualquier medio de comunicación digital; los abogados la han bautizado como ‘Ley Antimemes’.

La reforma aprobada con 40 votos a favor de diputados del PAN, PRI, PRD y Morena, fue enviada por el legislador perredista José Kirch, ex aliado del gobernador Miguel Ángel Yunes Linares y ha provocado la molestia de los internautas, quienes han emprendido una campaña en redes sociales para exigir que echen abajo esta ley.

Debido a esto cualquier persona que utilice cualquier medio de comunicación digital para difundir información lasiva o dolosa de otra persona, revelando, cediendo o transmitiendo una o más imágenes, grabaciones audiovisuales o textos que dañen su reputación o su autoestima y le causen con ello afectación psicológica, familiar, laboral o en su entorno cotidiano, estará cometiendo un delito.

También será considerado delito dar de alta, con foto incluida, a la víctima en una página web donde se trata de votar para que aparezca en los primeros lugares, así como crear un perfil o espacio falso en nombre de la víctima en redes sociales o foros, donde se escriban a modo de confesiones en primera persona, determinados acontecimientos personales, demandas explícitas de contactos sexuales u otras manifestaciones dolosas.

También se considerará delito dejar comentarios ofensivos en foros o participar agresivamente en chats haciéndose pasar por la víctima de manera que las reacciones vayan posteriormente dirigidas a quien ha sufrido la usurpación de personalidad; dar de alta la dirección de correo electrónico de otra persona sin consentimiento de ésta, en determinados sitios, para propiciar que sea víctima de spam de contactos con desconocidos y usurpar su clave de correo electrónico para, además de cambiarla de forma que su legítimo propietario no lo pueda consultar, leer los mensajes que lleguen a su buzón violando su intimidad, también serán delito entre otras acciones.

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