Senado prohíbe terapias de conversión ¿Cuál será la sanción?

El Pleno del Senado de la República aprobó este martes eliminar las terapias de conversión, cuya finalidad es reorientar la sexualidad de una persona.

Actualizado el 11 octubre 2022 20:29hrs 2 minutos de lectura.
Compartir:
Escrito por: Redacción adn40
Senado prohíbe terapias de conversión ¿Cuál será la sanción?
Reuters

El Pleno del Senado de la República aprobó eliminar las terapias de conversión, conocidas como Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig), cuya finalidad es reorientar la sexualidad de una persona.

El dictamen reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, y no solo busca prohibir las terapias de reorientación sexual sino sancionarlas penalmente.

El dictamen fue aprobado, en lo general, con 69 votos a favor, dos en contra y 16 abstenciones; mientras que en lo particular se emitieron 59 a favor, dos en contra y 15 abstenciones.

La propuesta adiciona un Capítulo IX denominado “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas” al Código Penal Federal y un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud.

Darán 6 años de prisión a quienes realicen terapias de conversión

La minuta señala que se sancionará con dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien realice, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento o terapia de orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

Además, sugiere que se aumenten al doble dichas sanciones, cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, personas adultas mayores o personas con alguna discapacidad.

En caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima los que incurran en las conductas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento, a consideración del juez.

El proyecto especifica que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características de este tipo de delitos.

Además a los profesionales de la salud que realicen este tipo de prácticas, se les aplicarán las mismas penas; además, de ser suspendidos en el ejercicio profesional, hasta por tres años. En caso de reincidencia, se les cancelaría el registro de la cédula profesional.

El proyecto de decreto fue remitido a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

Senadores en argumentan sobre terapias de conversión sexual


En su posicionamiento, Ricardo Monreal Ávila de Morena subrayó que los senadores deben impulsar las acciones legislativas necesarias, que contribuyan a proteger y garantizar los derechos humanos.

La senadora Olga Sánchez Cordero, también de Morena, expuso que hay personas de la comunidad LGBTIQ+ a las que obligan a tomar medicamentos, recibir tratamientos y a realizarse procedimientos médicos mediante la privación de su libertad en centros de salud por su condición sexual.

Del PAN, el senador José Alfredo Botello Montes dijo que se impide que los pedófilos y pederastas puedan ser atendidos por un especialista en la salud mental, situación que incrementa el riesgo sobre los más vulnerables, entre ellos niños y adolescentes.

adn40, siempre conmigo. Suscríbete a nuestro canal de Telegram

sga

¡No te pierdas nuestro contenido, sigue a adn40 en Google News!