Senado aprueba la Ley Federal de Revocación de Mandato

La Cámara de Senadores aprobó en lo general y particular la Ley Federal de Revocación de Mandato y Declaración de Procedencia.

Actualizado el 03 septiembre 2021 10:10hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
Senadores aprueban La Ley Federal de Revocación de Mandato
senado.gob

El pleno del Senado de la República aprobó la Ley Federal de Revocación de Mandato con modificaciones en al menos 29 artículos entre los que se incluye la redacción de la pregunta que se aplicará.

Tras varias horas de negociación, con 101 votos a favor y 2 contra, el Senado aprobó en lo general y particular el nuevo marco legal, solicitado por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO); además entre las reservas se logró que la pregunta fuera aplicada en términos de revocación y no de ratificación del mandato.

Qué pregunta se aplicará en la consulta de revocación de mandato

En este sentido, se planeaba que la pregunta consultara a la sociedad si AMLO debería seguir como presidente del país los siguientes tres años, sin embargo fue modificada para aplicarla en términos de revocación, quedando de la siguiente manera:

¿Estás de acuerdo en que (nombre) al Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?

En la boleta de votación se incluirán dos opciones: “Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza” o “Que siga en la Presidencia de la República”.

Modificaciones aplicadas a la Ley Federal de Revocación de Mandato

Entre las 29 modificaciones que sufrió la ahora Ley Federal de Revocación de Mandato figura una que establece que el 3% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores podrá solicitar esta Consulta Popular para que el mandatario en turno termine su periodo de manera anticipada.

Para que se realice dicha encuesta de revocación de mandato, la petición deberá provenir de al menos 17 estados de la República que representen, como mínimo, el 3% de los electores de cada una.

Para que se pueda determinar un resultado a favor o en contra, se deberá contar con la participación de al menos el 40% de los electores durante la votación.

También se prohíbe el uso de recursos públicos para la recolección de firmas de apoyo ciudadano y el Instituto Nacional Electoral (INE) será el encargado de garantizar los principios de legalidad e imparcialidad en el proceso.

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erv

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