El Congreso de Oaxaca determinó sancionar como delito la difusión de pornografía infantil en redes sociales, con la finalidad de proteger a la infancia y adolescencia.
Se trata de una reforma a la Fracción I del Artículo 195 del Código Penal para el Estado de Oaxaca, para sancionar como delito de pornografía infantil, a quien utilice medios digitales y redes sociales para que una persona menor de edad realice actos sexuales o de exhibicionismo corporal de índole sexual.
La reforma atiende la advertencia del UNICEF que señala los avances y penetración de las tecnologías de la información y comunicación desafortunadamente también plantean nuevos riesgos y canales para la comisión de violencia.
Según estadísticas oficiales, a nivel nacional, el 25% de las y los adolescentes entre 12 y 17 años experimentó alguna forma de ciberacoso mediante el envío de spam o virus, videos o imágenes con contenidos sexuales o agresivos, así como mensajes con insultos, amenazas, intimidación o cuestiones incómodas.
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sga