Corte avala emisión de CURP a migrantes por razones humanitarias

Los 9 migrantes dejarán de ser considerados como residentes temporales y se les otorgará el CURP para que puedan acceder a servicios básicos.

Actualizado el 23 septiembre 2021 14:25hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
Nueve migrantes recibirán su CURP por razones humanitarias
GO NAKAMURA/REUTERS

La Sala Superior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que al menos 9 migrantes provenientes de al menos 7 países deberán recibir su Clave Única de Registro de Población (CURP) por razones humanitarias.

La determinación llegó ante la promoción de dos juicios de amparo por parte de migrantes con calidad de visitantes por razones humanitarias, motivo por el que ahora se deberá otorgar un CURP a migrantes residentes temporales y permanentes en México así como a visitantes por razones humanitarias.

CURP permitirá que migrantes accedan a servicios

Durante la discusión, los integrantes de la Sala Superior indicó la inconstitucionalidad de dos artículos de la Ley de Migración al considerar “discriminatorio” que se determine a quienes solicitan la condición de refugiado como visitantes y no como “residentes temporales” pese a su condición de vulnerabilidad al ser migrantes.

Cabe destacar que los migrantes solicitaron la CURP debido a que durante cuatro años, intentaron tener acceso a un trabajo formal, a servicios educativos y de salud, los cuales les fueron negados al no contar con un documento expedido por el gobierno mexicano que certifique su identidad.

“La ausencia de la CURP sí ha resultado en barreras para acceder a un ejercicio efectivo de los derechos fundamentales por lo que sería contrario a la protección reforzada de las personas en situación de vulnerabilidad exigir que éstas litiguen de manera individual el acceso a distintos derechos cuando existe una medida más protectora de sus derechos disponible”, señaló la Corte.

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erv

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