AMLO pide revocar suspensión del Plan B de la reforma electoral

El presidente AMLO pidió a la SCJN revocar la suspensión del Plan B de la Reforma Electoral y acusó al ministro Alberto Pérez Dayán de violar la Constitución.

Actualizado el 27 febrero 2023 10:36hrs 2 minutos de lectura.
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Escrito por: Adriana Pacheco
El presidente AMLO impugnó la suspensión contra la primera parte del Plan B de la reforma electoral.
scjnmexico/Instagram

El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocar la suspensión otorgada por el ministro Alberto Pérez Dayán para que no se aplique la primera parte del Plan B de la reforma electoral en el Estado de México y Coahuila acusó al funcionario de tratar de violar la Constitución.

En un comunicado, el gobierno de México señaló que AMLO, a través de su Consejería Jurídica, realizó la impugnación de la decisión del ministro Alberto Pérez Dayán que suspende la aplicación del decreto que reforma las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas en el Estado de Méxicoy Coahuila, pues las normas expedidas por el Congreso solo pueden invalidarse mediante el voto de 8 ministros y está proscrito expresamente suspender sus efectos.

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El gobierno de México destacó que los jueces deben fundar y motivar sus decisiones, por lo que el ministro Pérez Dayán no puede apartarse de las reglas específicas que establecen las leyes al tramitar los medios de control constitucional.

Resulta preocupante que el ministro Alberto Pérez suspenda la aplicación de las leyes sin que exista ningún hecho o indicio que demuestre la supuesta existencia de alguna afectación irreparable al sistema democrático o a los derechos fundamentales implicados, como lo señala de forma dogmática en su determinación

-dijo.

Al señalar que es fundamental que los ministros que integran la SCJN actúen dentro de las atribuciones, dijo que la suspensión otorgada por el ministro Pérez Dayán afecta de “manera grave” a una de las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano, como es la división de poderes, ya que carece de facultades para anular un valor constitucional superior, como es el principio de presunción de validez de las normas expedidas por el Poder Legislativo.

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El gobierno señaló que el diseño constitucional de los medios de control, como es la acción de inconstitucionalidad, prevé que las decisiones de fondo emitidas por la SCJN no puedan tener efectos retroactivos, por lo que tampoco existe razón lógica que permitiera al ministro instructor anticipar efectos que invaliden la entada en vigor de las leyes aprobadas por el Congreso de la Unión. “Esto representa un acto arbitrario de un juzgador constitucional al apartarse de las normas jurídicas que regulan su actuación”.

Por estas razones, el Ejecutivo federal solicitó a la SCJN revocar la medida suspensiva al resultar contraria a los principios fundamentales del Estado de derecho, pues constituye un fraude a la Constitución que el ministro instructor, Alberto Pérez Dayán, se separe indebidamente de las reglas del procedimiento, lo que desnaturaliza los medios de control constitucional, y en la medida en la que el juzgador respeta o no el sentido original de la norma, su decisión será calificada de democrática o antidemocrática.

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