En sesión extraordinaria en el Instituto Nacional Electoral (INE), los consejeros avalaron con nueve votos a favor y dos en contra este acuerdo, con lo cual las y los mexicanos que viven o se encuentran en el extranjero podrán ejercer su derecho a voto.
Esto pese a que casi 10 mil solicitudes presentan como inconsistencia la falta de firma en la copia, pero que cumplen con todos los requisitos determinados en los lineamientos para la conformación de la Lista de Electores desde el Extranjero.
Los requisitos son los datos del ciudadano como; nombre, apellido; clave de elector, número de emisión; domicilio en el extranjero con un comprobante válido y vigente no mayor a tres meses; medios de contacto, que puede ser número telefónico en el extranjero y correo electrónico.
De igual forma, dato verificador, que es nombre del padre o de la madre y manifestación firmada para votar desde el extranjero.
Además, con la copia de la credencial se advierte que el ciudadano está en el padrón electoral y en la lista nominal en México y, por último, que de la copia se advierte también que la firma corresponde a la imagen de firma de la base de datos del primer instrumento.
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