Cárcel para quien difunda ‘packs’ sin consentimiento en Guerrero

La Ley Olimpia sancionará hasta con 6 años de prisión a quien divulgue contenido íntimo de otra persona sin su autorización.

Actualizado el 13 abril 2023 14:38hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
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Chiapas Paralelo

El Congreso de Guerrero aprobó por unanimidad la Ley Olimpia que sancionará hasta con 6 años de cárcel a la persona que difunda fotos o videos íntimos de otra persona sin su consentimiento.

La Ley Olimpia también considera multas económicas que podrían alcanzar mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) contra quien cometa el delito.

Para la validación de las nuevas sanciones, se llevaron a cabo algunas reformas al Código Penal las cuales contemplan la tipificación del delito así como la explicación de las penas que se impondrán a quien publique contenido sensible de otra persona.

“Comete el delito de divulgación no consentida de imágenes o videos íntimos o sexuales, quien por cualquier medio publique, transmita, copie, reproduzca, modifique, emplee, difunda o comparta fotografías, imágenes, audios o videos con contenido sexual de otra persona sin su consentimiento a través de cualquier dispositivo electrónico en internet o a través de las tecnologías de la información y telecomunicación.”

La reforma asevera que la pena podría aumentar hasta en una tercera parte, tanto en el mínimo como en el máximo cuando el responsable tenga relación de cualquier tipo con la víctima, y que también aumentará cuando el contenido corresponda a menores de 18 años o personas sin capacidad de comprender el significado de la palabra consentimiento.

Con la aprobación en Guerrero, ya suman 12 los estados que de ahora en adelante sancionarán este tipo de violencia digital que se ejerce principalmente contra mujeres.

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erv

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