Se mantiene contingencia ambiental extraordinaria en la CDMX

Además se aplicara restricción al transporte, por lo que no circularán los vehículos con holograma 2 y holograma uno con terminación NON.

Actualizado el 13 abril 2023 15:03hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
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En la última actualización de este martes a las 20:00 horas, la Comisión Ambiental de la Megapolis informó que se mantiene la contingencia ambiental atmosférica extraordinaria en el Valle de México, debido a que prevalecen los índices de contaminación por partículas finas y se registró un valor de 148 puntos del Índice de Calidad del Aire por ozono.

Adicional a ello, para el miércoles se suspende la circulación de los vehículos con holograma de verificación 2, holograma de verificación 1 con terminación de placa NON y los engomado color rojo con placas de circulación 3 y 4.

En los últimos cuatro días, la calidad del aire se ha visto afectada por incendios en la región centro y sur del país, un sistema de alta presión que evita la dispersión de contaminantes, altas temperaturas, además de una prolongada sequía.

De acuerdo con la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) y las áreas de protección civil de las entidades, entre el 9 y 13 de mayo se han registrado 130 incendios en el Estado de México, 66 en la Ciudad de México y más de 112 en Hidalgo y 87 en Morelos.

Estas son las restricciones para el transporte para el miércoles 15 de mayo:

Todos los vehículos con holograma de verificación 2.

Todos los vehículos con holograma de verificación 1, terminación de placa de circulación NON.

Todos los vehículos con engomado de color rojo, terminación de placa de circulación 3 y 4.

Los vehículos sin holograma de verificación o con placas formadas por letras no circulan.

Todos los vehículos automotores de servicio particular con placas de circulación del extranjero o de otras entidades federativas que no porten el holograma de verificación “00”, “0” o Exento; así como los que porten pase turístico, serán considerados como holograma de verificación 2, por lo que deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas.

Todos los vehículos destinados al servicio de transporte de carga con placa federal o local, deberán de acatar la restricción a la circulación de las 06:00 a las 10:00 horas.

Todos los vehículos de reparto de gasolina, diésel y gas licuado de petróleo con holograma 1 y 2 terminación de placa de circulación NON deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas.
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