¿Qué sí y qué no se puede deducir ante el SAT?

Te decimos qué puedes deducir en tu declaración anual 2017 para tener un saldo a favor o reducir el pago de impuestos.

Actualizado el 09 julio 2020 13:33hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
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En este mes de abril miles de contribuyentes deberán presentar a más tardar el día 30 si declaración anual 2018, la cual corresponde al ejercicio fiscal del 2017.

¿Quiénes presenta declaración? las personas físicas que reciban ingresos por actividades empresariales, servicios profesionales arrendamiento y asalariados deberán presentar su declaración de impuestos.

Los contribuyentes que busquen reducir su pago del ISR o incluso tener saldo a favor, necesitan conocer a ciencia cierta cuáles de sus gastos son deducibles. Cabe señalar que el años pasado el SAT devolvió 13 mil 293 millones de pesos de ISR y un total de 37 mil 657 millones en el año.

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¿Qué puedo deducir?

Honorarios médicos, dentales, psicológicos, nutriólogos y gastos hospitalarios. Estos pueden ser pagador para ti, tu cónyuge, padres, abuelos, hijos y nietos, siempre y cuando estos no hayan percibido durante el año ingresos en cantidad igual o superior a una Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Gastos funerarios, no mayores a un UMA elevado al año, es decir 29,402.88 pesos.

Aportaciones complementarias de retiro. El monto máximo es de 10% de tus ingresos acumulables

Primas de seguros de gastos médicos

Créditos hipotecarios, intereses reales efectivamente pagados.

Transporte escolar, siempre y cuando se incluya en la colegiatura para todos los alumnos y se señale por separado en el recibo correspondiente.

Para que todos estos gastos sean deducibles, el pago deberá realizarse mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito.

En el caso de las personas físicas con actividad empresarial o aquellos que tributen en el régimen de servicios profesionales (por honorarios) también pueden deducir todos los gastos relacionados para el desarrollo de su actividad empresarial o profesional.

Es importante que para evitar que la autoridad rechace alguna deducción es importante que el contribuyente realice todos sus pagos vía electrónica o con cheques.

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