¿Qué permitirá la Ley Trans y de Igualdad LGTBI aprobada en España?

El anteproyecto de Ley Trans propone la aplicación de multas para quien insulte o cometa actos vejatorios para la comunidad LGBTI.

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Escrito por: Redacción adn40
España aprobó la Ley Trans que permitirá el cambio de sexo desde los 14 años
SERGIO PEREZ/REUTERS

El Gobierno de España aprobó el anteproyecto de la llamada Ley Trans y de Igualdad LGTBI que permite la rectificación de nombre y sexo de las personas trans en el Registro Civil a partir de los 14 años de edad, entre otros derechos.

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, detalló que los menores de 12 a 14 años que quieran cambiar la mención del sexo en su Documento Nacional de Identidad (DNI) necesitarán una resolución judicial, y los de 14 a 16 años deberán ir acompañados de sus padres o de un defensor en caso de sus padres no estén de acuerdo.

Multas por actos discriminatorios

El anteproyecto de Ley Trans propone la aplicación de multas para quien insulte o cometa actos vejatorios para la comunidad LGTBI que pueden ascender hasta 150 mil euros.

Proferir insultos a una persona por orientación sexual o causar daños a bienes del colectivo LGTBI habrá multas de 200 a 2 mil euros; por no retirar expresiones vejatorias de páginas web, incorporar cláusulas discriminatorias en los contratos laborales o negarse a realizar una labor de inspección 2,001 a 10 mil euros.

Las multas más graves (10,001 a 150,000 euros) serán por practicar acoso o realizar actos de discriminación que impida el acceso a un puesto de trabajo, terapias de reconversión, difusión de éstas en libros educativos y el veto de acceso a una vivienda.

Acceso a la reproducción asistida


Las mujeres solas, lesbianas y bisexuales volverán a tener acceso a la reproducción asistida en el sistema nacional de salud, tras haber sido excluidas de este servicio hace siete años, cuando la entonces ministra del ramo, Ana Mato, sostuvo que “la falta de varón no es un problema médico”.

En este aspecto, las mujeres lesbianas y bisexuales serán consideradas madres biológicas aunque solo una de ellas haya dado a luz, sin tener que acudir a un proceso de adopción, como hasta ahora.

En el caso de las personas intersexuales sus derechos fundamentales son legislados por primera vez. Así, se establece su derecho a no sufrir ninguna mutilación al nacer y a no ser inscritos en un sexo que no tienen definido durante sus primeros meses de vida.

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