Jubilaciones o pensiones de 43 mil pesos al mes serán exentos de ISR, informa el SAT

El SAT indicó que en caso de que las pensiones o jubilaciones sean mayores a dicha cantidad, el ISR se cubre por el monto excedido.

Actualizado el 14 mayo 2023 15:41hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
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Especial

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que los ingresos por jubilaciones y pensiones estarán exentos de pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) para este año fiscal.

A través de un comunicado, el SAT precisó que los ingresos por jubilaciones, pensiones, haberes de retiro así como las pensiones vitalicias o cualquier otra forma de retiro previstas en la Ley de Seguro Social estarán exentas del ISR hasta por un monto de mil 443.3 pesos diarios o 43 mil 299 pesos al mes para el periodo 2022.

Esta medida aplica para todos los ingresos por jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social o las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del ISSSTE.

También señaló que la exención del pago del ISR aplica sobre la totalidad de ingresos, independientemente de que sean pagados por dos o más patrones.

El SAT aclaró que los ingresos que perciben por jubilación o pensiones, entre otros, en una sola exhibición, estarán exentos del ISR hasta por un monto de 3 millones 159 mil 97 pesos; pero si hay un excedente se deberá pagar el impuesto respectivo, lo cual aplica también para este año.

La autoridad tributaria señaló que en caso de que las pensiones sean mayores a dicha cantidad, el ISR se cubre únicamente por el monto que exceda a lo permitido.

Por ejemplo, si se recibe un ingreso por estos conceptos de 50 mil pesos al mes, de principio está exento por 43 mil 299 pesos al mes; solo se pagará ISR por 6 mil 701 pesos.

El SAT aclaró que los contribuyentes pueden aplicar las deducciones personales conducentes (gastos médicos, donativos, colegiaturas e intereses hipotecarios, entre otros), lo que reduce el impuesto a cargo.

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