Hoy No Circula del viernes 9 de abril en CDMX y Edomex

Por el programa Hoy No Circula te decimos que automóviles deben descansar desde las 5:00 horas de este viernes 9 de abril en CDMX y Edomex

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Escrito por: Redacción adn40
Hoy No Circula del viernes 9 de abril en CDMX y Edomex
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Por el programa Hoy No Circula de este viernes 9 de abril deberán abstenerse de circular los automóviles con terminación de placas 9 y 0, engomado azul y holograma 1 y 2 en la Ciudad de México (CDMX), Estado de México (Edomex) y los estado que conforman la Megalópolis.

El horario de restriccióncomienza a las 05:00 y concluye a las 22:00 horas de este 9 de abril en la Zona Metropolitana del Valle de México.

Autos exentos del Hoy No Circula

Están exentos del programa Hoy No Circula los vehículos con los hologramas 0 y 00, además de los eléctricos e híbridos, a menos que se aplique el doble no circula.

Multas por no acatar el Hoy No Circula

Las multas por no acatar el programa Hoy No Circula van de mil 792 a 2 mil 688 pesos y aplica a todos los municipios que conforman la Megalópolis del Valle de México, según el valor de la UMA vigente. Además de una multa pueden llevarse tu auto al corralón.

Hoy No Circula en Hidalgo

Tras la disminución de los contagios por COVID-19, el pasado 10 de marzo el Hoy No Circula en Hidalgo dejó de funcionar en 26 municipios y se mantiene en ocho considerados como zonas de alto riesgo de contagio del virus.

Para este viernes 9 de abril aplica para los vehículos con terminación de placas 9 y 0, al igual que en la CDMX, por lo que automóviles que vayan o vengan de este estado a la CDMX no tiene problema en los municipios de Huejutla, Ixmiquilpan, Mineral de la Reforma, Pachuca, Tepeji del Río, Tizayuca, Tula, Tulancingo.

Excepciones al Hoy no circula en Hidalgo

  • Motocicletas
  • Servicios de emergencia, Seguridad Pública, Bomberos y rescate
  • Unidades de transporte foráneo público y foráneo de pasajeros
  • Particulares usados para transportar a personal del sector salud, debe mostrar identificación
  • Abasto, atención y proveeduría de actividades esenciales con documento expedido de empleador
  • Personas con discapacidad
  • Particulares en circunstancias de urgencia médica
  • Particulares en los que se traslade personal de actividades esenciales, deben portar identificación oficial
  • Dependencias de las administraciones, municipal, estatal o federal que lleven a cabo revisiones
  • Transporte a personal de la Procuraduría
  • Transporte de programas sociales

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