TRIFE aprueba acciones de autopromoción

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó los argumentos del INE.

Actualizado el 03 junio 2020 15:22hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
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BENJAMIN FLORES

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, TRIFE, resolvió que “el INE excedió sus funciones cambiando el artículo 134 de la Constitución, que habla sobre las obligaciones de los servidores públicos haciendo uso imparcial del erario”. El Tribunal, también consideró que el INE creó categorías que “transgredían la libertad de expresión”.

“La propia Constitución reserva al Congreso de la Unión la potestad de regular lo referente a la propaganda gubernamental, así como la difusión de informes de labores de los servidores públicos”, se puede leer en el proyecto de sentencia, elaborado por el Magistrado Felipe Puentes.

De haber continuado la propuesta de “piso parejo”, las reglas se hubieran empezado a implementar desde el 8 de septiembre. Contrario a la posición de Puentes, los magistrados Reyes Rodríguez y Felipe de la Mata argumentaron que el INE si tiene la capacidad de regular contenidos y propaganda.

La Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión había impugnado la resolución de piso parejo y señalaron que sus representados podrían perder contratos de aplicarse dicha resolución.

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