Extiende SAT plazo para cancelar facturas

El trámite se aplaza hasta el 1 de septiembre y aquí te decimos cómo realizarlo.

Actualizado el 09 julio 2020 13:30hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) decidió alargar el plazo para que los contribuyentes (personas físicas y morales) cancelen sus facturas atendiendo a las nuevas disposiciones de la autoridad fiscal, por lo que el nuevo plazo se estableció hasta el 1 de septiembre del año en curso.

Lo anterior, considerando el avance de los contribuyentes en el desarrollo de las aplicaciones que harán uso de este nuevo servicio fiscal.

En entrevista con medios nacionales, Fernando Martínez Coss, administrador Central de Gestión de Servicios y Trámites con Medios Electrónicos del SAT, mencionó que el motivo por el cual se amplió el plazo es porque algunos “contribuyentes envían sus facturas con errores y se dan cuenta después de tiempo. Así que cancelan cuando el receptor ya autorizó el pago”.

Esto ocasiona que al receptor de la factura se le generan impuestos (IVA e ISR) que ya no coinciden son sus ingresos y nunca se enteran de que cancelaron dicha factura sino hasta el momento de hacer sus declaraciones provisionales.

Cabe mencionar que esta medida será publicada en los próximos días en el portal web del SAT y posteriormente en el Diario Oficial de la Federación.

Aquí te decimos cómo puedes realizar este trámite:

Cancela y recupera tus facturas aquí

¿Quiénes lo pueden ejecutar?

Todos los contribuyentes que necesitan hacer una consulta, cancelación o recuperar una factura.

Para realizarlo sigue los siguientes pasos:
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