Infonavit reporta 980 viviendas con pérdidas totales

Las viviendas con pérdidas totales están concentradas en la colonia Lomas Estrella, en la delegación Iztapalapa y el corredor Roma-Condesa.

Actualizado el 09 julio 2020 13:41hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
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Tras los sismos del 7 y 19 de septiembre que han sacudido al país, el Infonavit, dio a conocer de la que las viviendas afectadas por el sismo del pasado 19 de septiembre, se estiman en 980 viviendas con pérdidas totales y 7 mil 500 con daños parciales.

Aunque esta cifra es preliminar, las viviendas con pérdidas totales están concentradas en la colonia Lomas Estrella, en la delegación Iztapalapa; en las colonias Narvarte, Del Valle, Portales Norte y Nápoles, en la delegación Benito Juárez; en las colonias Hipódromo, Condesa, Roma, Centro y Cuauhtémoc, en la Cuauhtémoc, y en Coyoacán.

Adicional a ello, hay 120 viviendas con daños estructurales que serán consideradas pérdidas totales, 562 con daños parciales y más de 3 mil sin daños.

Tan solo en la Ciudad de México, el Infonavit detalló que han revisado 4 mil viviendas de las 5 mil 700 que establecieron como meta para visitar en una primera fase. En Chiapas y Oaxaca, las revisiones del instituto siguen adelante por el sismo del 7 de septiembre.

El Infonavit detalló que se protege a los trabajadores afectados con un seguro de daños que cubre sus viviendas, por daño parcial o total, las cuales son las garantías de los créditos otorgados por el instituto.

En caso de pérdida parcial, se cubre valor de la reparación a precios vigentes en el mercado. En tanto, el seguro cubre pérdidas o daños a enseres domésticos desde 4 mil hasta 10 mil pesos. Si es pérdida total, se cubre la recuperación del valor de la vivienda a valor de reposición, así como enseres domésticos.

El seguro de daños no aplica para créditos Mejoravit y en caso de los créditos cofinanciados con alguna institución financiera, sólo aplica la parte financiada por el instituto.En los créditos conyugales aplica en primer lugar al crédito principal, si éste se encuentra liquidado, se aplica al conyugal.

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